Regulación de Flotas Limpias Avanzadas Resumen de Flotas Federales y de Alta Prioridad
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¿Qué son las flotas federales y de alta prioridad y qué vehículos se ven afectados por esta regulación?
Las flotas de alta prioridad son aquellas entidades que poseen, operan o dirigen al menos un vehículo en California, y que tienen $50 millones o más en ingresos brutos anuales, o que poseen, operan o dirigen la operación de 50 o más vehículos. Las agencias del gobierno federal que poseen, operan o dirigen la operación de al menos un vehículo en California también están sujetas a esta regulación. Las referencias en este documento a las flotas de alta prioridad también se aplicarán a las flotas del gobierno federal, porque ambas están cubiertas por los mismos requisitos. Los vehículos afectados son aquellos con una clasificación de peso bruto vehicular superior a 8500 libras, vehículos ligeros de entrega de paquetes o tractores todoterreno que se operan en California.
¿Cuáles son los requisitos de cumplimiento y reporte para las flotas de alta prioridad?
El primer requisito de cumplimiento es presentar un reporte de cumplimiento -- el reporte inicial debe presentarse antes del 1 de febrero del 2024. Los propietarios de flotas deben presentar anualmente un reporte de cumplimiento para su flota de California, tal como está compuesta el 1 de enero del año calendario correspondiente. El período de reporte anual es durante el mes de enero y el reporte debe presentarse a más tardar el 1 de febrero de cada año hasta el 1 de febrero del 2045, a través del Sistema de Reporte, Cumplimiento y Carga de la Regulación de Camiones. Para obtener más información, consulte la descripción general de los requisitos de reporte. Los propietarios de flotas deben mantener registros de la información reportada y la documentación requerida por un período de al menos cinco años. Además del reporte, las flotas de alta prioridad deben cumplir con el Cronograma del del Modelo del Año O pueden optar por utilizar la opción de hitos ZEV para incorporar vehículos de cero emisiones (ZEV) a sus flotas.
¿Cómo cumplo con el Cronograma del Modelo del Año?
A partir del 1 de enero del 2024, los propietarios de flotas que cumplan con el cronograma del modelo del año pueden agregar solo ZEVs a su flota de California. La flota de California incluye aquellos vehículos operados en California por un propietario de flota o una parte controladora durante un año calendario e incluye aquellos vehículos bajo propiedad o control común. A partir del 1 de enero del 2025, los propietarios de flotas deben comenzar a retirar los vehículos con motor de combustión interna (ICE), de sus flotas de California antes del 1 de enero del año calendario después de que esos vehículos excedan los umbrales mínimos de millaje de vida útil, o el 1 de enero del año calendario en que el modelo del año del motor es 18 años o más viejo, lo que ocurra primero. A partir del 2024, cualquier vehículo ICE nuevo, 2024 o posterior, agregado a la flota de California debe tener un motor certificado a los estándares de emisiones de California aplicables y los requisitos relacionados con las emisiones, y cualquier vehículo ICE usado agregado a la flota de California debe tener un motor modelo del año 2010 o posterior.
¿Cómo cumplo con la Opción de Hitos ZEV?
Hasta el 1 de enero del 2030, en lugar del calendario del modelo del año, los propietarios de flotas pueden optar por cumplir con los objetivos de ZEV como un porcentaje de su flota de California, comenzando con los tipos de vehículos que son más adecuados para la electrificación. Esta opción permite la incorporación gradual de ZEV a la flota entre el 2025 y 2042 según el tipo de vehículo. Al optar por la opción de Hitos ZEV, el propietario de la flota debe reportar esta intención. Para obtener más información sobre esta opción, consulte la página de opciones de hitos de ZEV.
¿Puede una flota cambiar entre opciones de cumplimiento?
Hasta el 1 de enero del 2030, los propietarios de flotas pueden cambiar entre las opciones de cumplimiento si su flota de California cumple con los requisitos de la opción de cumplimiento elegida actualmente y la opción de cumplimiento alternativa deseada. También deben cumplir con la opción de cumplimiento alternativa deseada desde el 1 de enero del 2024 hasta la fecha en que se cambia la opción.
¿Hay vehículos exentos de los requisitos?
Los autobuses escolares, los vehículos tácticos militares, los vehículos en espera de venta, los vehículos de emergencia, los vehículos históricos, los vehículos dedicados a la remoción de nieve, los vehículos de dos motores, las grúas pesadas y los vehículos en una flota de prueba están exentos de la regulación. Consulte la Sección 2015(c) de la Orden de la Regulación Final para obtener más información sobre cada uno de estos y otros tipos de vehículos exentos.
¿Puede una flota obtener exenciones o extensiones?
El propietario de una flota puede calificar para una o más exenciones y extensiones solicitando y recibiendo la aprobación de CARB, aunque algunas extensiones como la Exención de vehículos de respaldo y la adición de vehículos que aparecen en la Lista de exenciones de compra de ZEV no requieren aprobación previa, pero sí requieren reportarse. Las exenciones o extensiones otorgadas a un propietario de flota no son transferibles a otro propietario de flota. Los propietarios de flotas que soliciten o usen cualquiera de las exenciones o extensiones deben cumplir con los requisitos aplicables del reporte y mantenimiento de registros para cada exención o extensión. Más detalles sobre estas exenciones y extensiones pueden encontrarse en la página de Exenciones y extensiones.
Este documento se proporciona para ayudar a las entidades reguladas a cumplir con la regulación de Flotas Limpias Avanzadas. En caso de que exista alguna discrepancia entre este documento y el reglamento de Flotas Limpias Avanzadas, se aplica el texto reglamentario de la regulación de Flotas Limpias Avanzadas.