Regulación de Flotas Limpias Avanzadas Descripción General de las Exenciones y Extensiones
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¿Qué es una exención de compra de ZEV?
Si el dueño de una flota no puede cumplir debido a que un ZEV o un vehículo de casi cero emisiones (NZEV) no está disponible de manera demostrable en la configuración necesaria, el dueño de la flota puede solicitar y obtener una exención para comprar un vehículo nuevo con motor de combustión interna (ICE). El propietario de la flota puede solicitar una exención específica enviando su solicitud con información de apoyo por correo electrónico para la revisión y determinación de CARB.
Además, la Junta de Recursos del Aire de California (CARB) mantiene una lista que identifica configuraciones específicas comunes de carrocería de vehículos por clase de peso que pueden comprarse como vehículos ICE sin solicitar una exención previa porque no están disponibles para su compra como ZEV o NZEV. Esta lista es limitada en alcance y puede actualizarse a medida que cambie la disponibilidad. La lista no incluye vehículos que ya estén disponibles como ZEV, como camionetas, autobuses, camiones de caja, furgonetas o tractores.
La información sobre los vehículos ICE adquiridos bajo esta exención debe ser reportada en el Sistema de Reporte, Cumplimiento y Carga de la Regulación de Camiones (TRUCRS) en un plazo de 30 días desde que se recibió el vehículo. Se puede encontrar más información en la página de Exención de Compra de ZEV.
¿Qué es la exención para el uso diario?
Si un propietario de flota no puede cumplir porque las necesidades de uso diario de una configuración no pueden ser cubiertas por los ZEV disponibles, puede solicitar una exención para comprar un nuevo vehículo ICE. Para calificar para esta exención, al menos el 10% de la flota debe ser ZEV o NZEVs. El propietario de la flota deberá presentar registros de las millas y/o uso y todos los demás datos necesarios para demostrar que ningún ZEV disponible en esa configuración puede cumplir con el ciclo de trabajo diario documentado. Un propietario de flota elegible puede enviar su solicitud con información de apoyo por correo electrónico para la evaluación de CARB. Se puede encontrar más información en la página web de Exención de Uso Diario.
¿Qué es la extensión por demora en infraestructura para ZEV?
Si el dueño de una flota comienza un proyecto para instalar infraestructura de abastecimiento de ZEV (estaciones de carga o de abastecimiento de hidrógeno) en sus instalaciones, o en un lugar destinado al estacionamiento, al menos un año antes de la siguiente fecha de cumplimiento aplicable, el dueño de la flota puede solicitar y obtener una extensión para seguir operando los vehículos existentes hasta que el proyecto se complete. La extensión por un retraso en la construcción se puede otorgar por hasta dos años y por un retraso en la electrificación del sitio por hasta cinco años, dependiendo de las circunstancias específicas y de la documentación que demuestre retrasos fuera del control del propietario de la flota. Un propietario de flota elegible puede enviar su solicitud con información de apoyo por correo electrónico. Se puede encontrar más información en la página web de la Extensión de Retardo de Infraestructura ZEV.
¿Qué es la extensión por demora en la entrega de vehículos?
Esta extensión aplica al dueño de la flota que esta usando la opción de hitos de ZEV y ha ordenado un ZEV para entrega inmediata al menos un año antes de la siguiente fecha de cumplimiento, pero no llega a tiempo para cumplir los requisitos de cumplimiento. El dueño de la flota puede solicitar esta extensión al comienzo del año de cumplimiento aplicable enviando el comprobante de compra por correo electrónico para la verificación de CARB. La extensión permite que un vehículo existente siga en operación hasta que el ZEV sea recibido sin afectar el cumplimiento. Esta extensión no se aplica a las flotas que cumplen con el cronograma de compra de ZEV porque el cumplimiento se basa en cuando se realizan las compras en lugar de cuándo el vehículo se pone en servicio. Se puede encontrar más información en la página web de la Extensión de Retraso en la Entrega del Vehículo.
¿Qué es la exención para vehículos de respaldo?
Un vehículo que es designado como un vehículo de respaldo puede ser excluido de los requisitos de cumplimiento de ZEV si se opera por menos de 1,000 millas totales al año. El dueño de la flota debe designar un vehículo de respaldo en TRUCRS al comienzo del año de cumplimiento y debe renovar el estado del vehículo de respaldo cada año. El propietario de la flota también puede designar inmediatamente la compra de un camión ICE usado como vehículo de respaldo sin afectar al cumplimiento. Bajo la Opción de Hitos ZEV, un vehículo de respaldo designado queda excluido de la flota de California al determinar el cumplimiento. Las millas recorridas por un vehículo de respaldo designado para apoyar un evento de emergencia declarado no cuentan para el límite de millas. Los propietarios siguen siendo responsables del reporte anual preciso. Más información se puede encontrar en la página web de Exención para Vehículos de Respaldo.
¿Qué es la exención de ayuda mutua?
Los dueños de flotas que tengan acuerdos de ayuda mutua para enviar vehículos para ayudar a otros durante una emergencia declarada pueden solicitar una exención para seguir comprando vehículos de ICE nuevos excluyendo hasta el 25 % de la flota de los requisitos de ZEV una vez que al menos el 25 % de la flota ya sean ZEV. Los propietarios de flotas pueden solicitar inicialmente la exención después de que el primer 25% de la flota sean ZEV. Esta exención no se aplica a camionetas pickup, autobuses, camiones cajón, furgonetas, tractores, vehículos disponibles como ZEV con repostaje móvil rápido o carga móvil rápida, ni a los NZEVs. Un propietario de flota elegible puede solicitar enviando información por correo electrónico para la revisión de CARB. Esta exención se aplica al cronograma de Compra ZEV y a la Opción de Hitos ZEV.
¿Qué es la exención por respuesta ante una emergencia declarada?
La operación de un vehículo que ocurra bajo contrato para apoyar en una emergencia declarada puede quedar excluida de una flota de California. No es necesario reportar en TRUCRS durante el periodo de respuesta a emergencias si el conductor del vehículo tiene prueba del contrato con la agencia de gestión de emergencias. Esta exención se aplica a la Opción de Hitos ZEV. Los vehículos fuera del estado también están temporalmente exentos si son enviados por una agencia local, estatal, federal u otra agencia autorizada de gestión de emergencias, o sus contratistas, con el propósito de apoyar un evento de emergencia declarado. Las millas recorridas por un vehículo de respaldo designado para apoyar un evento de emergencia declarado no cuentan para el límite de millaje. Se puede encontrar más información en la página web de Exención de Respuesta a Emergencias Declaradas.
¿Qué es la exención para vehículos no reparables?
Esta exención permite la sustitución inmediata de un vehículo existente que haya estado en un evento catastrófico puntual que hace que tanto el motor como el vehículo no sean reparables. El propietario de la flota puede solicitar una exención para reemplazar inmediatamente el vehículo no reparable por un vehículo de ICE usado, de la misma configuración sin afectar el cronograma de cumplimiento. El vehículo de reemplazo usado debe tener el mismo modelo del año del motor o un motor más reciente que el vehículo no reparable. Un propietario de flota elegible puede enviar su solicitud con información de apoyo por correo electrónico. Más información puede encontrarse en la página web de Exención de Vehículos No Reparables.
¿Qué es la exención para vehículos de remoción de nieve intermitente?
Hasta el 1 de enero del 2030, el dueño de una flota puede excluir un vehículo de remoción de nieve intermitente al determinar cumplimiento. Un vehículo elegible es uno que está equipado con un accesorio montable para barrer o soplar nieve, así como con un sistema de control para la barredora o sopladora. Bajo el cronograma de compra de ZEV, la compra de un vehículo de remoción de nieve intermitente antes del 2030 no cuenta como compra de vehículo. Bajo la Opción de Hitos ZEV, un vehículo de remoción de nieve intermitente elegible no se cuenta como parte de la flota de California hasta el 1 de enero del 2030. El propietario de la flota debe enviar información por correo electrónico para que un vehículo sea designado como vehículo para retirar nieve. Sin embargo, los vehículos dedicados a la remoción de nieve están excluidos de la regulación y no necesitan ser reportados. Puedes encontrar más información en la página de Preguntas Frecuentes sobre Exenciones de Vehículos de Remoción de Nieve.
¿Qué es la opción para flotas de residuos y aguas residuales?
Al cumplir con la Opción de Hitos ZEV, los transportadores de residuos calificados y los propietarios de flotas de aguas residuales pueden posponer el cumplimiento de ciertos vehículos de gas natural comprimido hasta el 2030, si estos vehículos se alimentan exclusivamente de biometano. El propietario de la flota debe reportar los tipos de carrocería elegibles para vehículos de gas natural elegibles en TRUCRS y llevar registros de los acuerdos de compra de combustible. Se puede encontrar más información en la página de Preguntas Frecuentes sobre Opciones de Flota de Residuos y Aguas Residuales.
¿Existe alguna exención para las agencias de transporte público?
Los autobuses de transporte público que ya están sujetos a la regulación de transporte público limpio e innovador están exentos de la regulación de flotas limpias avanzadas. Hasta el 1 de enero del 2030, las agencias de transporte público que operen camiones de apoyo y otros vehículos están exentas de todos los requisitos para flotas de los gobiernos estatal y locales. A partir del 1 de enero del 2030, las agencias de transporte público deben reportar información sobre sus otros camiones de apoyo y otros vehículos y comenzar a cumplir con el cronograma de compra de ZEV. Las ciudades u otras jurisdicciones que tengan una división de agencia de transporte público pueden excluir sus otros vehículos de apoyo de la división de agencias de transporte hasta el 1de enero del 2030.
Tenga en cuenta: Esta página web y su contenido se proporcionan únicamente con fines informativos. No establece requisitos sustantivos, crea derechos exigibles ni limita la discrecionalidad de CARB en la administración o aplicación de la regulación de Flotas Limpias Avanzadas. Todas las determinaciones de exención y extensión se realizan por CARB basándose en el texto regulatorio y los hechos específicos presentados. CARB puede actualizar o revisar esta información en cualquier momento para reflejar cambios en la legislación o política. En caso de cualquier conflicto, el texto regulatorio lo controla. Nada en esta página web altera, amplía, interpreta o sustituye la regulación, ni debe considerarse un sustituto de la regulación o de ninguna determinación oficial emitida por CARB.