Conceptos básicos y exenciones de la reglamentación
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Los camiones y autobuses diésel con un peso bruto vehicular (GVWR, Gross Vehicle Weight Rating) superior a 14 000 libras (6350 kg) deben reducir las emisiones de gases de escape cumpliendo con los requisitos de filtro para materia particulada (PM, Particulate Matter) y cambiando su motor por uno de año modelo (EMY, Engine Model Year) 2010 o posterior.
La Reglamentación se aplica a lo siguiente:
- Vehículos diésel con un GVWR superior a 14 000 libras (6350 kg)
- Camiones y autobuses de propiedad privada y federal que operan en California
- Cualquier persona, empresa, distrito escolar, reserva tribal o agencia gubernamental federal que sea dueño, opere, arriende o alquile los vehículos afectados
La Reglamentación no se aplica a lo siguiente:
- Vehículos que funcionan a gasolina o gas natural especializado
- Vehículos de agencias públicas y servicios públicos (no federales)
- Camiones de acarreo (portuarios o ferroviarios) (hasta el 1.º de enero de 2023)
- Autobuses de tránsito o urbanos
- Casas rodantes o vehículos recreativos de uso personal
Exenciones:
La Regulación de Camiones y Autobuses tampoco se aplica a los siguientes vehículos, pero es posible que estos tipos de vehículos deban informar en el sistema de Reporte de Vehículos Diésel Excluidos (EDVR) para evitar la denegación de registro del DMV:
- Un vehículo de remoción de nieve significa un vehículo que tiene un equipo de remoción de nieve fijado de manera permanente, como un soplador de nieve o una barrena, y se opera exclusivamente para quitar la nieve de caminos públicos, caminos privados u otros caminos para permitir el acceso de vehículos en el camino, y nunca se utiliza para ningún otro propósito.
- Vehículos que han sido convertidos a gasolina o vehículos dedicados a gas natural.
- Vehículo destinado exclusivamente a la tracción de un remolque habitable para uso privado no comercial.
- Autocaravanas/casas rodantes utilizadas para uso privado no comercial, incluidos los vehículos convertidos en autocaravanas.
- “Casa rodante” se refiere a una unidad vehicular única diseñada para habitación humana para ocupación recreativa o de emergencia y construida sobre un chasis de vehículo de motor autopropulsado, cabina de chasis o camioneta, o unida permanentemente a él, que se convierte en una parte integral del vehículo completo o un vehículo que remolca exclusivamente un remolque que fue diseñado originalmente para habitación humana con fines recreativos o de emergencia.
- Camionetas con un GVWR de 19,500 libras o menos con caja de camioneta usada exclusivamente para uso personal, no comercial o no gubernamental.
La Regulación de Camiones y Autobuses se aplica a los siguientes vehículos, pero es posible que estos tipos de vehículos deban informar en el Sistema de Reporte de Vehículos Diésel Excluidos (EDVR) para evitar la denegación del registro del DMV antes de la fecha límite exacta:
- Chasis 2010 o anterior con año de motor original o repotenciado del mismo año o más nuevo que el chasis. Los motores se fabrican por separado del chasis del vehículo y, por lo general, tienen un año más que el año del modelo del vehículo. El Reglamento regula el año del modelo del motor, pero se denegará el registro del DMV en función del año del modelo del vehículo, suponiendo que el año del modelo del vehículo sea un año más nuevo que el año del modelo del motor.