Regulación de Flotas Limpias Avanzadas Exención para Vehículos de Respaldo
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¿Qué es la exención para vehículos de respaldo?
El dueño de la flota puede designar un vehículo que es operado menos de un total de 1,000 millas por año calendario como un vehículo de respaldo para que sea excluido de los requisitos aplicables de ZEV. Un vehículo de respaldo designado no se contará como una compra de vehículo al determinar el cumplimiento con el cronograma de compra de ZEV y se excluye de la flota de California al determinar el cumplimiento con la opción de hitos de ZEV.
¿Cómo designo un vehículo como vehículo de respaldo?
El propietario de una flota puede designar un vehículo existente como un vehículo de respaldo y reportar la lectura de su odómetro al comienzo del año de cumplimiento durante el período anual de reporte abierto. Si agrega un vehículo a la flota a la mitad del año, el dueño de la flota debe designar el vehículo como un vehículo de respaldo dentro de los 30 días posteriores de haber agregado el vehículo a la flota. El reporte se hace en línea a través del Sistema de Reporte, Carga y Cumplimiento de la Regulación de Camiones (TRUCRS).
¿Qué debo hacer después de reportar un vehículo de respaldo?
Cada año, el propietario debe reportar la lectura del odómetro para cualquier vehículo de respaldo designado y confirmar que el vehículo continuará operando como vehículo de respaldo para el próximo año de cumplimiento. El propietario de la flota debe reportar la lectura del odómetro cuando se venda el vehículo y debe mantener registros de las lecturas del odómetro reportadas, la compra de vehículos y las ventas.
¿Tengo que reportar un vehículo de respaldo que está registrado como fuera de servicio?
Sí, si el vehículo opera en California y está registrado en el Departamento de Vehículos Motorizados de California como no operativo planificado, tiene un registro diferido o no está registrado en absoluto, aún debe designarse como vehículo de respaldo para ser excluido al determinar cumplimiento.
¿Puede un vehículo de respaldo designado usarse durante emergencias?
Si. Los vehículos de respaldo se pueden utilizar inmediatamente como sea necesario para apoyar una emergencia sin afectar el cumplimiento. El millaje de operación acumulado en apoyo de un evento de emergencia no cuenta para los límites de uso para un vehículo de respaldo designado. Los eventos de emergencia incluyen incendios forestales, inundaciones y otros desastres naturales en los que el vehículo fue enviado por una agencia local, estatal o federal. El uso de emergencia incluye millas recorridas hacia y desde un evento de emergencia, y la entrega de servicios o suministros en relación con un evento de emergencia. El propietario del vehículo debe reportar las millas de uso del vehículo en un evento de emergencia durante el periodo abierto de reporte y guardar una copia del contrato o de los registros de despacho de la agencia principal que coordinó la respuesta a la emergencia.
¿Qué sucede si un vehículo excede el límite de millaje del vehículo de respaldo?
Un vehículo de respaldo designado que exceda el límite de millaje anual debe eliminarse inmediatamente de la flota de California y no es elegible para usar otras opciones de flexibilidad.
¿Puedo designar un vehículo de respaldo sin un odómetro que funcione?
No. El propietario de una flota no puede reclamar la exención para un vehículo de respaldo sin un odómetro o cubo odómetro en funcionamiento. Si el odómetro está descompuesto, el propietario puede usar un cubo odómetro que tenga un número de serie único y tenga una función de bloqueo que evite permanentemente la manipulación si se instaló antes de designar el vehículo como vehículo de respaldo.
Este documento se proporciona para ayudar a las entidades reguladas a cumplir con la regulación de Flotas Limpias Avanzadas. En caso de que exista alguna discrepancia entre este documento y la regulación Flotas Limpias Avanzadas, se aplica el texto regulatorio de la regulación Flotas Limpias Avanzadas.